miércoles, 23 de septiembre de 2015

Prevención de accidentes viales


 

Los accidentes de tránsito son una de las principales causas de mortalidad en el mundo.

Para prevenirlos, una de las primeras medidas a adoptar es informarse sobre las características de las rutas y caminos, las normas de tránsito propias del lugar, como así también los tipos de vehículos permitidos. Y, por supuesto, mantenerse siempre atentos y conducir con prudencia.

Además es importante atender a las siguientes recomendaciones:

- Respetar las velocidades máximas.

- No consumir alcohol antes de conducir.

- Usar siempre cinturón de seguridad.

- Usar casco, si conduce moto o cuatriciclo.

- No usar telefonía celular mientras maneja.

 
En el mundo moderno, donde la movilidad está asegurada por el transporte de los vehículos a motor y las vías dan la posibilidad al ser humano de ser peatón, conductor o pasajero para trasladarse, se producen, cuando hay fallas o errores, una serie de siniestros.  Éstos son la primera causa de muertes y lesiones traumáticas en nuestro país entre las personas menores   de 34 años. En 1997  la OMS/OPS reemplazó el término accidentes por el de "lesiones no intencionales" pautando ya la posibilidad de prevención. Este término desvincula la producción del accidente por el azar o el destino (como es un terremoto o un tsunami) e involucra la falta de prevención y promoción entre los usuarios de la vía pública para que el mismo no se produzca.
Para entender el fenómeno causal de los siniestros del tránsito se debe conocer la "Trilogía de la Seguridad Vial", demostrando con ella la multicausalidad de los mismos donde el factor humano es el responsable de más del 90 % de los fallecidos y las lesiones producidas por esta causa. Los otros factores que también son causales, son el vial y medioambiental en el 7 % y el mecánico en el 3 %.
Una de las formas de incidir sobre el factor humano es la educación.  La Educación Vial es el “proceso de enseñanza y de aprendizaje (cognitivo, afectivo y social) para generar una cultura de la seguridad vial sustentada en el valor de la vida y la integridad humana en la vía pública.” (Encuentro de Educadores Viales de Solymar, 2001). De acuerdo a este principio, la inserción de la Educación Vial debería comenzar en las primeras fases del proceso educativo y continuarse a través de los años de manera extendida y bajo diferentes modalidades.
Por esta razón debe hacerse especial hincapié en la visión integradora de la educación en general para contextualizar que la educación vial como tal, debe en su accionar y diseño, incluir la comunidad, el barrio y sobre todo, la Familia de los educandos, ya que educar para el correcto uso de la vía de tránsito no es la administración de conocimientos aislados a las personas, sino que se busca la generación de ciudadanos con valores de convivencia, auto cuidado y respeto para sí mismos y con sus semejantes en el desenvolvimiento de acciones en el tránsito cotidiano.
Fuentes:
  • Cámara Uruguaya de Educación Vial, Comunicación Social e Investigación (2009), Encuesta de educación vial para autoridades y actores del sistema educativo en http://archivo.presidencia.gub.uy/unasev
  • UNASEV y diario Últimas Noticias, (2010), Seguridad vial, problema de todos, en http://archivo.presidencia.gub.uy/unasev

Nuevas medidas en materia de Tránsito y Seguridad Vial en Uruguay

 
Ley No. 19.061 y Decreto Reglamentario No. 81/014
Introducción. De un tiempo a esta parte, nuestro país ha instaurado un nuevo proceso en materia de políticas de tránsito y seguridad vial, recogiendo recomendaciones de distintas entidades nacionales e internacionales como la propia Organización Mundial de la Salud, estableciendo una serie de medidas que resultan prioritarias a efectos de prevenir y disminuir la siniestralidad vial y sus consecuencias.
Normativa aplicable. La Ley No. 19.061 del 06/01/13 (la “Ley”) y su tardío Decreto Reglamentario No. 81/014 del 03/04/14 (el “Decreto”) –normas complementarias a la Ley No. 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial- integran dicho proceso, recogiendo entre otras medidas, la incorporación de sistemas de retención infantil en los vehículos, la ampliación del espectro de usuarios que deben usar cinturones de seguridad, la prohibición del uso de celulares con empleo manual cuando se circula y la obligación de importar y comercializar vehículos con determinados dispositivos y elementos de seguridad básicos.
La mayoría de las disposiciones establecidas en la Ley fueron de aplicación inmediata; sin perjuicio, se dispuso que las medidas que a continuación se desarrollarán fueran exigibles a partir del año en curso, resultando de gran importancia su conocimiento y aplicación en virtud de su reciente vigencia.
Elementos básicos de seguridad en vehículos automotores Okm. De conformidad a lo previsto en los Arts. 5 y 6 de la Ley, a partir del 06/07/14 todos los vehículos cero kilómetro propulsados a motor de cuatro o más ruedas (salvo cuatriciclos o cuyo uso específico no sea la circulación habitual en vías urbanas o rutas) que se comercialicen en el país deberán contar con sistema de frenos ABS (sigla en inglés del sistema antibloqueo de ruedas), apoya cabeza en todos sus asientos o plazas, cinturones de seguridad y airbag frontales en las plazas delanteras como mínimo en aquellos vehículos que así lo admitan.
Los cinturones de seguridad deben cumplir con las exigencias técnicas establecidas en los decretos 206/010 y 427/010, mientras que el resto de los elementos de seguridad deben cumplir con una norma técnica de construcción y ensayo que debe ser nacional o internacionalmente reconocida.
Por Decreto 187/014 del 03/07/2014, a efectos de propender a una adecuada y ágil transición entre las condiciones de comercialización y las exigencias del sistema que se instaura, se dispuso que los vehículos que aún se encuentren disponibles en el mercado y no cumplan con las condiciones mínimas referidas podrán ser comercializados durante ciertos plazos, los cuales dependen de la categoría y origen de los mismos (nacionales o extranjeros).
Maletín de Seguridad Vial. A partir del 03/04/14 , todos los vehículos automotores de cuatro o más ruedas (salvo los cuadriciclos), que circulen por la vía pública o por la vía privada librada al uso público, deberán contar con un maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial (Art. 15 de la Ley).
Dicho botiquín debe ser de color blanco, lucir una cruz de color verde, con la impresión de la leyenda “Maletín con elementos de primeros auxilios y seguridad vial” en el exterior y una cartilla con los números de teléfonos útiles en caso de siniestros: 911 (Emergencia Policial), 108 (Policía Caminera) y 104 (Bomberos).
El maletín debe ser impermeable y con características tales que permitan mantener la integridad de los elementos que debe contener, a saber: dos paquetes de apósitos estériles, dos paquetes de gasas, linterna con luz LED, dos pares de guantes limpios, cinta adhesiva hipoalergénica, tijera de corte de casa con punta roma, dos vendas de gasa, bolsa para depositar residuos biológicos (de color rojo con advertencia de riesgo biológico) y dos chalecos retro-reflectores (Art. 63 del Decreto).
Fiscalización y Sanciones. Las sanciones que deriven del incumplimiento de la Ley y su reglamentación serán aplicadas por las autoridades competentes de conformidad al alcance, procedimientos, clases de sanciones y valores de las multas que las normas establecen de acuerdo a su jurisdicción, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que amerite.
El Decreto fijó valores de multas para ciertas infracciones, estableciendo que la sanción pecuniaria por circular en vehículo automotor sin el maletín descripto asciende a una unidad reajustable. No se establece sanción a texto expreso respecto a los elementos de seguridad mínimos con los que deberán contar los vehículos, aunque en la práctica los importadores no podrán importarlos sin dichas características, bajo pena de responsabilidad civil y penal.

¿Cuál es la importancia de la Seguridad Vial?

 La Seguridad Vial se concibe como parte fundamental de la formación y educación
ciudadana, en la promoción de una cultura de valoración y respeto por la propia vida y la de
los demás. La educación vial cobra mayor relevancia cuando se observa la alta tasa de
accidentes de tránsito que se producen diariamente. Porque la clave para terminar con los accidentes es la prevención, a través de la educación.
Es importante que los usuarios de las vías: peatones, ciclistas, conductores y pasajeros
conozcamos la normativa vigente de seguridad vial. De esta manera, podremos
desenvolvernos y conducirnos adecuadamente, adquiriendo hábitos y actitudes que nos
permitan responder cuando se suscite cualquier evento.